Según el artículo 265 del Código Penal argentino, si un funcionario público se interesa en un beneficio propio o de un tercero en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo, puede ser condenado a prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua
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Tráfico de influencias: La pena puede ser de uno a seis años de prisión.
Asociación ilícita: La pena puede ser de tres a diez años de prisión.👇
Pero quedan muchos todavía.